Quiénes somos y qué hacemos

Objetivos

  • Señalar las directrices generales en materia de Hacienda Pública Municipal, y en concreto la elaboración de los Presupuestos Municipales y de la Cuenta General, así como la propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales.
     
  • Organización de los Servicios Económicos Municipales, de la Recaudación y Gestión Tributaria y de la Tesorería Municipal.
     
  • Relaciones con la Intervención General, Tesorería Municipal y Secretaria del Ayuntamiento.
     
  • Supervisión y seguimiento de los expedientes que vayan a resolverse por la Junta de Gobierno, Pleno, comisión o cualquier otro Órgano Colegiado.
     
  • Dictar instrucciones para dirigir la actividad de los órganos y organismos que integran este Área.
     
  • Coordinación y planificación económica de las inversiones municipales.
     
  • Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes materias:
    • Aprobación de liquidaciones tributarias, no tributarias y reclamaciones de otras deudas de terceros para con el Ayuntamiento.
    • Concesión de fraccionamientos y aplazamientos frente a dichas liquidaciones.
    • Concesión de exenciones y de beneficios fiscales, excepto los que sean competencia del Pleno.
    • Reintegros y devolución de ingresos indebidos.
    • Anulaciones de recibos y liquidaciones tributarias de hasta 18.000 euros.
    • Aprobación de facturas, certificaciones de obra, intereses de demora y, en general, el reconocimiento de obligaciones dentro de los límites establecidos en las Bases de Ejecución del Presupuesto.
    • Aprobación de cuentas justificativas de pagos anticipados de 'caja fija'.
    • Derivación de la acción administrativa a otros responsables de la deuda.
    • Aprobación de actas de liquidación.
    • Imposición de sanciones tributarias.
    • Aprobación de expedientes de compensación de deudas.
    • La ordenación del pago y el pago material de toda clase de obligaciones municipales, tanto presupuestarias como extrapresupuestarias.
    • Aprobación de las modificaciones de crédito que no sean competencia del Pleno.
    • Devolver y cancelar las garantías, tanto avales como fianzas en metálico.
    • Reintegrar total o parcialmente las subvenciones recibidas.
    • Dirección e inspección de las concesiones administrativas de servicios.
    • Iniciar expedientes de reclamación por responsabilidad patrimonial.