CONSTANCIA REGISTRAL DE LA TERMINACIÓN DE OBRAS

CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES E INSTALACIONES RESPECTO DE LAS CUALES YA NO PROCEDA ADOPTAR MEDIDAS DE RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA.

 

  • INFORMACIÓN:

El Certificado de Obra Nueva Antigua es un documento que necesita el notario para la elaboración de la Escritura de Declaración de Obra Nueva Antigua, con la que el inmueble se puede inscribir en el Registro de la Propiedad

 

  • NORMATIVA:

Artículo 28.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

(otras Normas relacionadas: Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria modificada por la Ley 13/2015, de 24 de junio; y Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística).

 

  • DOCUMENTACIÓN PARA CERTIFICADO DE OBRA NUEVA ANTIGUA:

Este certificado consta de:

1.- Certificado de Antigüedad de la Vivienda, donde se describe el inmueble y se establece la antigüedad de este y que conforme al articulo 28.4 del Real decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación urbana, puede ser emitido por:

  • Técnico competente.
  • Catastro.
  • Ayuntamiento. Actualmente esta opción no está disponible en este Ayuntamiento.

2.- Certificado de Disciplina Urbanística, en este se hace constar si ha habido algún expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística o procedimiento sancionador, referido al inmueble, en los últimos cuatro años. Este certificado tiene que ser expedido por el Ayuntamiento. Se solicita mediante instancia general dirigida al departamento de urbanismo, aportando:

  • dirección del inmueble
  • referencia catastral
  • hoja de autoliquidación en la que conste justificación del abono de la tasa por prestación de servicios de carácter general: epígrafe “Expedición de certificados”. Para más información pulse aquí Carpeta Tributaria del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid